Principios éticos para informar acerca de la infancia

Informar acerca de la infancia y la juventud comporta unos retos especiales. En algunos casos, informar acerca de un menor de edad puede exponerle al riesgo de sufrir represalias o difamación.

Fuente: Unicef

El UNICEF ha preparado estos principios con el fin de asistir a los periodistas en su labor informativa acerca de cuestiones que afectan a la infancia. El UNICEF cree que estas directrices ayudarán a los medios de comunicación a informar acerca de la infancia de un modo sensible y adecuado a su edad. Han sido concebidas en apoyo del que ha de ser el principio rector de todo informador ético: servir al interés público sin comprometer los derechos de la infancia.

I. Principios

1. La dignidad y los derechos de la infancia habrán de respetarse en cualquier circunstancia.

2. Al entrevistar e informar acerca de un menor de edad se tendrá en cuenta de manera especial el derecho de todos los niños o niñas a la intimidad y confidencialidad, a que sus opiniones sean escuchadas, a tomar parte en las decisiones que les afectan y a ser protegidos frente al daño y las represalias reales o potenciales.

3. Los intereses del niño o niña habrán de prevalecer sobre cualquier otra consideración, inclusive sobre la voluntad de denunciar las cuestiones que afectan a la infancia y de promover sus derechos.

4. A la hora de determinar qué es lo mejor para el niño o niña, se ponderará debidamente el derecho a que su opinión sea tenida en cuenta conforme a su edad y grado de madurez.

5. Para valorar las posibles derivaciones políticas, sociales y culturales de cualquier reportaje se consultará a las personas más cercanas al niño o niña que conocen su situación, que son quienes mejor lo saben.

6. No se publicarán textos o imágenes que, incluso habiendo modificado u omitido los nombres u ocultado los rostros, puedan suponer un riesgo para el niño o niña, sus hermanos o compañeros.

II. Principios para entrevistar a menores de edad

1. No hiera la sensibilidad del niño o niña: evite preguntas, opiniones o comentarios que les enjuicien o sean insensibles a sus valores culturales, que les pongan en peligro o puedan humillarles o que reaviven su dolor y su pesar ante el recuerdo de vivencias traumáticas.

2. A la hora de escoger a los protagonistas, no discrimine por razón de sexo, raza, religión, posición, formación o aptitudes físicas.

3. Evite la puesta en escena: no pida a un niño o niña que relate o interprete hechos ajenos a su propia vivencia.

4. Asegúrese de que el niño o niña o su tutor son conscientes de que hablan con un periodista. Explíqueles el propósito de la entrevista y el uso que se pretende hacer de ella.

5. Obtenga el permiso del niño o niña y sus tutores antes de realizar cualquier entrevista, reportaje de vídeo y, si es posible, incluso para las fotografías. Siempre que sea posible y pertinente, la autorización deberá constar por escrito. La autorización deberá obtenerse en circunstancias que garanticen que el menor de edad y el tutor no actúan bajo coacción y que entienden que el relato en el que participan puede ser difundido a nivel local y mundial. Por lo general, esto sólo sucede en aquellos casos en que la autorización se solicita en el idioma del niño o niña y la decisión se toma conjuntamente con un adulto en el que éste confía.

6. Preste atención a cómo y dónde tiene lugar la entrevista. Reduzca la cantidad de fotógrafos y entrevistadores al mínimo. Cerciórese de que el niño o niña se encuentra cómodo y que puede relatar su vivencia libre de cualquier presión externa, incluyendo la que pueda ejercer el entrevistador. A la hora de escoger las imágenes o sonidos de fondo para reportajes, entrevistas de vídeo y audio, piense en cómo pueden afectar al protagonista, a su vida y a su historia. Asegúrese de que el hecho de mostrar su casa, la comunidad o el entorno en que vive no le supone ningún riesgo ni le afecta de forma negativa.
III. Directrices para informar acerca de la infancia

1. No estigmatice aun más al niño o niña; evite valoraciones o descripciones que le expongan a sufrir represalias, en especial daños físicos o psicológicos adicionales, o a padecer de por vida maltrato, discriminación o rechazo por parte de su comunidad.

2. Sitúe siempre la historia o la imagen del niño o niña dentro de su contexto real.

3. Cambie siempre el nombre y oculte el rostro de los niños y niñas a los que se presente como:

a. Víctimas de maltrato o explotación sexual;

b. Perpetradores de actos de maltrato físico o sexual;

c. Seropositivos, enfermos de SIDA o que hayan fallecido por causa del SIDA, a menos que el niño o niña, un progenitor o tutor hubiere prestado su consentimiento sobre la base de la información correcta;

d. Imputados o condenados por un delito.

e. Soldados o ex soldados que porten un arma o armas.

4. En determinadas circunstancias en que exista un riesgo real o potencial de represalias, cambie el nombre y oculte el rostro de los menores de edad:

a. Que sea ex niño soldado no portador de arma alguna pero en posible situación de peligro;

b. Que sean solicitantes de asilo, refugiados o personas desplazadas internamente.

5. En determinados casos puede ser beneficioso para el niño o niña que se sepa su identidad, ya sea dando a conocer su nombre o mostrando su rostro. Pero aun siendo este el caso, deberá protegerle frente a cualquier peligro y ayudarle en caso de que sea objeto de difamación o represalias.

Algunos ejemplos de estos casos particulares:

a. Cuando un niño o niña entabla contacto con un periodista con la intención de ejercer su derecho a la libertad de expresión y a que su opinión sea escuchada.

b. Cuando un niño o niña forma parte de un programa sostenido de activismo o movilización social y desea que se le identifique como tal.

c. Cuando un niño o niña forma parte de un programa de rehabilitación psicosocial, y el hecho de dar a conocer su identidad es parte de la terapia.

6. Corrobore la veracidad de aquello que el niño o niña vaya a declarar, ya sea con otros niños o con un adulto; preferiblemente con ambos.

7. Cuando tenga dudas acerca de eventuales riesgos para el niño o niña, informe acerca de la situación general con respecto a la infancia en lugar de referirse a un niño o niña en concreto, por muy interesante que la historia pueda resultar.

IV. Empleo de materiales del UNICEF

Todos los materiales del UNICEF, entre ellos los textos, fotografías, imágenes y cintas de vídeo adicionales, están protegidos por derechos de propiedad intelectual. Para reproducir cualquier material del UNICEF, deberá solicitarse la autorización de la oficina del UNICEF emisora, autorización que se otorgará únicamente a condición de que se respeten los principios y directrices que aquí se contemplan.

Fuentes: La Convención sobre los Derechos de la Infancia; Los Derechos de la Infancia y los Medios de Comunicación (Directrices para periodistas); Federación de Periodistas; Los Medios de Comunicación y la necesidad de protección especial de la Infancia (documento interno), División de Comunicación del UNICEF; Segunda Consulta Internacional sobre el VIH/SIDA y los Derechos Humanos, Secretario General de las Naciones Unidas.

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Archivado bajo Medios, Niños y Adolescentes, Sociedad

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